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Bogotá. La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso, en primera instancia, sanciones a doce empresas del sector lácteo por incumplir con las normativas del sistema de pago de leche cruda a los productores. La sanción asciende a $1.117.878.080.

Dentro de las empresas sancionadas se encuentran, Läktoland S.A.S., Productos Lácteos Colfrance CPS en C., Alpina Productos Alimenticios S.A.S. BIC, Freskaleche S.A.S., Gloria Colombia S.A.S., Cooperativa Colanta, Nestlé de Colombia S.A., Productos Naturales de la Sabana S.A.S. Bic (Alquería), Cooperativa de Productores de leche de la Costa Atlántica Ltda. (Coolechera), Alimentos del Valle S.A., Central Lechera de Manizales S.A. BIC, Lactalis Colombia S.A.S.

En las investigaciones adelantadas por la Dirección de Investigaciones de la Delegatura para el Control y Verificación de Reglamentos Técnicos y Metrología Legal se evidenció el incumplimiento en la liquidación del pago del litro de leche cruda adquirida, y el no ajuste a los parámetros emitidos por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Uno de los principales incumplimientos detectados está relacionado con la omisión en la correcta liquidación de los costos asociados al transporte y acopio de la leche cruda, como consecuencia de la falta de identificación de los vehículos utilizados en el transporte y la no indicación de la distancia recorrida.

Para la Superintendencia es importante destacar que el precio regulado recompensa distintas variables en la producción de leche cruda, como las buenas prácticas ganaderas, la garantía de calidad de la leche tanto de manera composicional como higiénica, la vacunación del ganado, entre otros factores no solo económicos, sino también sanitarios y alimentarios.

Así, este tipo de irregularidades afecta la transparencia en el mercado y genera distorsiones en la fijación del precio de la leche cruda, perjudicando tanto a los productores como al sistema de comercialización de productos lácteos en general. La Superintendencia destaca que la entrega de esta información es esencial para garantizar que el precio pagado al productor sea justo y conforme a los parámetros establecidos por la normativa vigente.

Las empresas sancionadas tienen derecho a interponer los recursos de reposición y apelación contra los actos administrativos sancionatorios.

Pronunciamiento de Asoleche

La Asociación Colombiana de Procesadores de la Leche (Asoleche) respeta la decisión de la SIC y recuerda que el precio de la leche pagado al productor es regulado y establecido por MinAgricultura con base en una fórmula que tiene varios factores como el IPC de la leche, los precios internacionales de la leche, calidades sanitarias y alimentarias y el transporte desde el lugar de acopio hasta las plantas procesadoras, entre otros. Y, según el comunicado de la SIC, las sanciones impuestas se originan por el incorrecto cálculo de algunos de los factores enunciados.

“Es importante destacar que las medidas anunciadas por la SIC, han sido impuestas en primera instancia. Ello significa que estas sanciones no están aún en firme, pues a cada una de las empresas investigadas le asiste el derecho de presentar recursos para discutir las conclusiones de la autoridad, según lo considere pertinente, para aclarar las inconsistencias señaladas y según sea el caso, que se reviertan o se confirmen estas multas. Confiamos en que el trámite de estos recursos se lleve conforme a los reglamentos y la Ley, como es costumbre en la SIC y que a los resultados en firme se les dé el mismo despliegue público que a la noticia inicial”, se lee en el comunicado de la agremiación de los procesadores de leche.

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