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Bogotá. Mediante la Resolución 06630, el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) estableció que el primer ciclo de vacunación contra la fiebre aftosa, la brucelosis bovina y la rabia de origen silvestre se llevará a cabo entre el 4 de mayo y el 23 de junio de 2026. La medida busca mantener el estatus sanitario del país y garantizar la seguridad alimentaria.

“Son más de 30 millones de bovinos y bufalinos que componen el hato ganadero nacional, los cuales serán vacunados durante el ciclo para mantener el estatus sanitario del país como libre de fiebre aftosa con vacunación”, señaló Paula Andrea Cepeda, gerente general del ICA, quien destacó el trabajo conjunto con Fedegán para fortalecer la ganadería nacional, que genera más de 1,1 millones de empleos directos.

La ejecución del ciclo estará bajo la responsabilidad de la Federación Colombiana de Ganaderos (Fedegán), entidad administradora de las cuotas de fomento ganadero y lechero, que supervisará el cumplimiento de las Organizaciones Ejecutoras Ganaderas Autorizadas (Oega).

El presidente ejecutivo de Fedegán, José Félix Lafaurie Rivera, hizo un llamado a los más de 700.000 ganaderos del país para cumplir con la obligación de vacunar sus animales. Recordó que en 2020 la Organización Mundial de Sanidad Animal (Omsa) otorgó a Colombia el estatus de “Libre de Fiebre Aftosa con Vacunación”.

Zonas exceptuadas

La resolución exceptúa de la vacunación contra fiebre aftosa a las especies bovinas y bufalinas ubicadas en las zonas declaradas libres sin vacunación, como el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, las islas de Gorgona y Malpelo, y el Urabá chocoano. También se exceptúan los departamentos de Amazonas, Vaupés y el municipio de Miraflores (Guaviare), con miras a consolidar nuevas zonas libres sin vacunación.

En cuanto a la brucelosis bovina, la vacunación será obligatoria para todas las hembras bovinas y bufalinas según las edades definidas en la resolución, salvo en las zonas declaradas libres por el ICA, como la Provincia de García Rovira (Santander) y el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

El Registro Único de Vacunación (RUV) será expedido por el personal contratado por FEDEGÁN en los proyectos locales, garantizando la trazabilidad y el cumplimiento de las normas de inocuidad, pureza y potencia de las vacunas utilizadas.


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