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Montería, Córdoba. Luego de vivir por más de 25 años con su esposa e hijos en el barrio La Candelaria de Montelíbano, tener su vivienda propia y crear una empresa de ingeniería, fabricaciones y montajes, Mario Pérez* y su familia, se vieron obligados a desplazarse a otra ciudad del país en el 2014, debido a constantes amenazas, secuestros, extorsiones y asesinatos de personas cercanas a su empresa por parte de los grupos armados al margen de la ley.

Tras el abandono de su casa y el local donde funcionaba su negocio, Mario* y su esposa presentaron la solicitud de restitución de sus bienes inmuebles ante la Unidad de Restitución de Tierras, la cual fue tramitada para llevar a cabo el proceso administrativo que terminaría en la radicación de la demanda, lo que dio como resultado la sentencia de restitución.

En esta ocasión, Mario* y su familia solicitaron que les fueran devueltos sus predios en otro lugar del país. Por tal razón, el Juzgado Tercero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Montería ordenó la restitución en modalidad de compensación de su predio urbano, lo que quiere decir que con recursos del Fondo de la Unidad de Restitución de Tierras se llevará a cabo la entrega de un bien inmueble, equivalente al solicitado en el lugar que escojan los beneficiarios.

También en Puerto Escondido

Por otro lado, en Puerto Escondido, en la vereda La Caña, el Juzgado Tercero, a través de una sentencia, también ordenó la restitución jurídica y material de 8 hectáreas y 7336 metros cuadrados a Luis Martelo*, víctima de despojo de tierras por la violencia.

Cuenta el beneficiario, que en el 2003 abandonó su parcela ubicada en la vereda La Caña debido al asesinato de su patrón, como consecuencia de un plan pistola dirigido por el exjefe paramilitar Salvatore Mancuso, quedando el predio en manos del grupo armado. Luego, en el 2008, don Luis* fue contactado por unas personas, quienes con intimidaciones lo obligaron a firmar la escritura de venta de su parcela.

“Me siento muy contento por la noticia de esta sentencia, porque después de mucho sufrimiento por haber perdido mi parcela, Dios escuchó mis oraciones y gracias a restitución de tierras la pude recuperar. Sueño con seguir cultivando maíz, yuca, ñame y tener mi ganadería”, expresó don Luis*.

Exoneración de pasivos catastrales

Tanto en la sentencia de Montelíbano como la de Puerto Escondido, el Juzgado Tercero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Montería también ordena a las alcaldías de estos municipios la atención en alivio y/o exoneración de pasivos catastrales de los predios restituidos. También imparte órdenes al Sena, Instituto Geográfico Agustín Codazzi, Fuerza Pública, Unidad para las Víctimas, Ministerio de Salud y Protección Social, Gobernación de Córdoba, Centro Nacional de Memoria Histórica, entre otras instituciones, con el fin de dar garantías y un retorno integral a los beneficiarios.

En ese mismo sentido, para los dos casos, la Unidad de Restitución de Tierras procederá a realizar las gestiones necesarias para priorizar el acceso a los subsidios de vivienda; efectuar la entrega material de los predios; implementar un proyecto productivo tendiente al enfoque de la restitución para la vida y encaminada a la generación pronta de ingresos y utilidades por parte de las familias beneficiadas.

*Nombres cambiados por seguridad de los beneficiarios.

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