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Montería, Córdoba. El pasado 7 de mayo en la Comisión Primera del Senado de la República se hizo el primer debate del Proyecto de Ley No. 156 de 2023, por medio del cual se determina la competencia y funcionamiento de la jurisdicción agraria y rural, esto implica, que se fijarán los asuntos de competencia de esta jurisdicción y las reglas para tramitar los procesos.

Sobre el Proyecto se han pronunciado dirigentes gremiales como la Sociedad de Agricultores de Colombia (SAC) que ha llamado la atención sobre ambigüedades de algunas partes del texto. Sobre el Proyecto de ley y las inquietudes que ha generado hablamos con el abogado Javier Mendoza Lara, experto en derecho de tierras con amplia experiencia en programas de formalización de predios, derecho agrario y restitución de tierras.

Los empresarios del campo han escuchado sobre el Proyecto de Ley que representa un riesgo para la propiedad privada. ¿Nos puede hablar más sobre él?

Claro, el Proyecto de Ley 156 de 2023 reglamenta la Jurisdicción Agraria y Rural que fue adoptada en virtud del cumplimiento del Acuerdo de Paz firmado en la Habana y posteriormente aprobado mediante el Acto Legislativo 03 de 2023. Sin embargo, el Proyecto en cuestión plantea una serie de desigualdades entre las partes involucradas, así como la falta de claridad en algunos artículos que lo componen. Es menester resaltar que si bien, la Jurisdicción Agraria y Rural es completamente necesaria para garantizar un proceso más ágil y eficiente, se debe establecer un procedimiento orientado bajo principios de supremacía constitucional.

Javier Mendoza Lara.

¿Considera usted que el Proyecto de Ley 156 de 2023 genera tratos desiguales entre los actores involucrados?

En particular atenta contra la seguridad jurídica de los empresarios del campo, dado a que no hay una protección contra el principio de la propiedad privada y a lo largo del Proyecto de Ley se protege inconmensurablemente a la parte más débil, en este caso, el campesinado.

A cerca de los principios. ¿Bajo qué principios considera que debe estar orientada la Jurisdicción Agraria y Rural?

La Jurisdicción Agraria y Rural es necesario que esté orientada en principios de supremacía constitucional, así como, el debido proceso y celeridad, sin dejar de lado los establecidos en el Código General del Proceso y en la Jurisdicción Ordinaria.

¿Está usted de acuerdo con la facultad otorgada a los Jueces y Magistrados de fallar más allá de lo pedido o por fuera de lo pedido?

Esta es una de las facultades más controversiales que se le otorgan al Juez mediante el Proyecto ya que puede fallar más allá de lo propiamente pedido o por fuera de ello si lo considera. Lo anterior evidencia claramente que el Juez puede construir una idea por fuera del proceso beneficiando únicamente al campesinado, lo que deja en desventaja al propietario de predios rurales.

No se puede permitir que los Jueces tengan esta facultad, dado a que la Jurisdicción debe asegurar un trato equitativo para todos los actores que acuden a ella en busca de justicia.

Respecto al contenido del Proyecto de Ley, ¿Considera que las normas están plenamente redactadas sin riesgo de ambigüedades?

Se debe examinar minuciosamente para asegurar su claridad y coherencia con los principios del derecho procesal. La falta de precisión en las normas, su aplicación y competencia, podría inducir a confusiones o interpretaciones divergentes.

¿Cómo creería usted que debería ser el Proyecto de Ley que establezca una Jurisdicción Agraria y Rural?

Teniendo en cuenta lo dicho, la Jurisdicción Agraria y Rural debe salvaguardar los derechos fundamentales de las partes involucradas, así como el respeto por la propiedad privada. Establecer un sistema justo y eficaz es la base fundamental del éxito de la Jurisdicción Agraria y Rural.

Por otro lado, es importante mencionar que anteriormente la autoridad administrativa era juez y parte dentro del proceso. Con la llegada de la Jurisdicción Agraria y Rural es una autoridad judicial imparcial la que decidirá sobre el fondo de la controversia jurídica, lo anterior es positivo ya que general igualdad material para las partes.

Respecto al departamento de Córdoba, ¿Qué actuaciones administrativas terminarían en procesos judiciales?

Por parte de la Jurisdicción Agraria y Rural se terminarían fallando aproximadamente 4517 procesos en total para el departamento de Córdoba.


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