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Bogotá. Fue aprobado por la Plenaria del Senado de la República, por unanimidad, el proyecto de Ley No. 259 de 2024 de Senado y 399 de Cámara, presentado por iniciativa del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y la Superintendencia de Sociedades, por medio del cual se establecen mecanismos para el salvamento, capitalización y reactivación empresarial de Salinas Marítimas de Manaure (Sama) Ltda.

El proyecto se estructura en 3 pilares:

  1. Salvamento, que permite que la Sociedad se encuentre sujeta al régimen de insolvencia previsto en la Ley 1116 de 2006 y sus modificaciones.
  2. Capitalización, que permite el fortalecimiento patrimonial de la Sociedad, mediante la inyección de recursos frescos aportados por la Nación, a través del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y con lo cual participará en la toma de decisiones y designación de la administración de la Compañía, con una participación del 50,1%.
  3. Reactivación, a través de la destinación de recursos a proyectos productivos y la entrega de activos a la Sociedad por la SAE. Adicionalmente se establece que, las utilidades que genere la sociedad se destinarán a garantizar los derechos de las comunidades.

Al respecto el Superintendente de Sociedades, Billy Escobar, señaló que “el rescate de Sama es el resultado de la apuesta estratégica que nos hemos trazado como entidad por la reactivación económica, cultural y social de La Guajira. Este paso fundamental reactiva no solo la economía, sino también el turismo y la identidad cultural de la comunidad wayuu.

La aprobación de este proyecto evidencia la confianza por el salvamento de la empresa y su fortalecimiento, orientado al beneficio de las comunidades, y la sostenibilidad empresarial, el cual es un renacer colectivo que le permitirá Sama, garantizar la viabilidad financiera y continuar con uno de sus principales objetivos, mantener y proteger los más de 400 empleos que genera”.

Con este proyecto se establecen condiciones para el salvamento, capitalización y reactivación empresarial efectiva de Sama Ltda. y las comunidades que derivan su sustento de la explotación de la sal en el municipio de Manaure y el departamento de La Guajira.

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