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Montería, Córdoba. El tema de tierras ha sido de especial interés para el actual Gobierno, por ello, desde las primeras de cambio empezó a buscarlas para alimentar el Fondo de Tierras. En ese camino apareció el convenio con los ganaderos para que ofertarán tierras a través de Fedegán para la compra por parte de la Agencia Nacional de Tierras (ANT).

Pero como ese camino no es suficiente y no se movió al paso que previó el Gobierno, entonces se han buscado alternativas para aumentar ese Fondo que le permita al ejecutivo tener suficientes tierras para entregar a los campesinos en concordancia con la meta propuesta de los 3 millones de hectáreas y 7 millones para titular.

Hoy, a ciencia cierta no se sabe de cuánta tierra dispone el Gobierno porque las cifras, desde la esfera oficial, son diferentes, el ministerio de Agricultura, que habilitó un contador desde el 5 de agosto pasado tiene un dato y la Agencia Nacional de Tierras (ANT) tiene otro.

Cifras oficiales diferentes

El ministerio de Agricultura, hasta el 5 de agosto, tenía referenciadas 325.777 hectáreas dirigidas al Fondo, mientras la ANT hace alusión a la formalización de poco más de 1.234.701 de hectáreas totalizadas. Esta cifra de la ANT es producto de procesos que venían andando desde años atrás. Es decir, más del 60% de hectáreas a las que hace alusión ya contaban con registros con lo cual lo que ha hecho el Gobierno es entregar títulos que ya han sido expedidos.

En atención a las cifras que tiene el Minagricultura, este, por decreto, busca aumentar esa cifra allanando el camino para la obtención de estas tierras, y justamente ese decreto que ya ha tenido rechazo por parte de profesionales y gremios es al que se referirá el abogado experto en tierras, Javier Mendoza Lara. Recordemos que hasta el 10 de septiembre estará colgado el borrador de decreto en la página del Ministerio para comentarios.

En el Senado, el congresista Marcos Daniel Pineda, también llamó la atención sobre los peligros que trae firmar el decreto tal cual lo tiene planteado el Ministerio. El tema se seguirá debatiendo la próxima semana en el recinto legislativo.

Javier Mendoza Lara, abogado experto en tierras.

El borrador de decreto

“Artículo 61: Mecanismos para facilitar y dinamizar los procesos de la compra de tierras por oferta voluntaria”. Numeral 5 del artículo 61 denominado: “identificación, priorización y compra de predios para la Reforma Rural Integral”.

Literal 3: “En aquellos casos en los que los propietarios no procedan a la venta, la ANT adelantará el análisis de la explotación económico del predio, requiriendo a su propietario por una única vez, para que proceda a la enajenación de aquellas áreas que no se encuentren bajo aprovechamiento económico y que excedan la extensión de la UAF.

Cuando el propietario no acceda a la enajenación, la ANT aplicará los procedimientos agrarios a los que haya lugar”.

A continuación, las apreciaciones del abogado Mendoza Lara sobre este proyecto de decreto:

“Es fundamental resaltar que la implementación de este decreto conllevaría un retroceso significativo en términos de garantías. Esto se debe a que, con el Decreto 902 de 2017, aunque inicialmente la población lo percibió como un decreto cuyo contenido no estaba claro, se diseñó con el propósito de asegurar el cumplimiento del acuerdo de paz. Lo que resultaba evidente en su estructura era su carácter garantista, ya que establecía un proceso con etapas diferenciadas: una preliminar, una administrativa y una judicial.

En otras palabras, a diferencia de la Ley 160 de 1994 y el Decreto 1071 de 2015, en los cuales el proceso era gestionado íntegramente por la misma Agencia Nacional de Tierras o Incoder, el Decreto 902 de 2017 introdujo una importante modificación al incluir una fase judicial y establecer que la decisión de fondo sería tomada por un juez autónomo e independiente fallando en derecho. Este cambio buscaba brindar garantías adicionales al propietario.

Sin embargo, el proyecto de decreto en cuestión plantea preocupaciones relacionadas con posibles violaciones al derecho fundamental del debido proceso. Se argumenta que mientras el Decreto 902 de 2017 procura mejorar las garantías de estos procesos, con la regulación del proyecto de decreto se estarían menoscabando, por ello se hace alusión a un retroceso.

Incluso se podría llevar a cabo la acción de inconstitucionalidad, caso dado llegue a ser aceptado.

En resumen, rechazamos la facultad dada a la Agencia Nacional de Tierras de tomar decisión de fondo respecto a los procedimientos administrativos agrarios dado que viola el derecho fundamental al debido proceso y el derecho constitucional de la propiedad privada. Por otro lado, estaría quitando todas las funciones que respectan a la jurisdicción agraria, que fue creada para que jueces expertos en la materia diriman estos procesos”.

“Sin embargo, es crucial considerar que la implementación de este decreto podría ser problemática, ya que plantea potenciales violaciones a garantías constitucionales, particularmente al derecho a la propiedad privada. En caso de su aprobación, las áreas prioritarias para la extinción del dominio abarcarían Córdoba, Sucre, Cesar, Santander, Guajira y Antioquia”, agrega el jurista Javier Mendoza.


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