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Bogotá. Desde ya los exportadores colombianos que tengan derecho a solicitar el reconocimiento del Certificado de Reembolso Tributario (Cert), lo pueden hacer vía electrónica a través del aplicativo que dispuso la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

Este aplicativo, resultado del trabajo articulado entre el Gobierno nacional y el sector privado, está alojado en la Ventanilla Única de Comercio Exterior (Vuce) y se suma a los otros servicios que ofrece a los operadores del comercio exterior.

A través de este enlace los beneficiarios pueden acceder al aplicativo: https://www.vuce.gov.co/servicios/certificado-de-reembolso-tributario.

Los exportadores que tengan derecho al reconocimiento del certificado deberán gestionar los datos que solicita el aplicativo como la razón social, el Número de Identificación  Tributario (NIT) o cédula, el destino de la o las exportaciones, las subpartidas de los productos exportados, en el caso de los bienes, o códigos de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme, en el caso de los servicios, entre otros requisitos que están definidos en la Resolución 212 del 25 de agosto de este año.

Este año, el Gobierno Nacional, en coordinación con ProColombia, los gremios y el sector privado, avanzó en la activación y socialización del instrumento para lo cual se realizaron capacitaciones con gremios como Analdex, Andi, Fitac y Asobancaria, con la participación de cerca de 300 personas.

Además, para el desarrollo e implementación del aplicativo Cert, que entró en funcionamiento este 27 de octubre de 2025, se hicieron pruebas y acompañamientos técnicos con los Intermediarios del Mercado Cambiario (IMC).

El Cert

El Certificado de Reembolso Tributario (Cert) se activó en mayo de este año con el objetivo de diversificar e impulsar las exportaciones de bienes industriales con valor agregado y de los servicios basados en el conocimiento, así como impulsar la inversión, la producción y la creación de puestos de trabajo.

Por medio de este mecanismo, vigente para las exportaciones que se realicen en 2025 y 2026, se reembolsará a los exportadores una parte de los impuestos indirectos pagados en el proceso de producción de los bienes o la prestación de servicios efectivamente exportados.

El Cert se otorgará a los productos que hayan tenido un proceso de producción o de transformación más significativo, es decir que tengan más valor agregado.

Para estos bienes, el reembolso al que tendrán derecho será equivalente al 3 % del valor exportado (valor FOB). Cubre cerca de 5.000 subpartidas arancelarias, entre ellas las de los sectores farmacéutico, alimenticio, automotor, de maquinaria y astillero, así como servicios profesionales, de salud, educación y mantenimiento especializado.

Para el caso de las exportaciones de servicios, el reembolso será del 2 % sobre el valor exportado, y estos deberán incorporar tecnología e innovación. Dentro de los servicios beneficiados están los profesionales, los servicios de salud, los de educación y mantenimiento especializado, entre otros.

Es importante señalar que el Cert no será aplicable a las exportaciones realizadas desde y hacia zonas francas ni a aquellos bienes y servicios dirigidos a países miembros de la Comunidad Andina (Bolivia, Ecuador, Perú) y a Venezuela.


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