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Bogotá. La Dian aplazó la entrada en vigor de la obligatoriedad de emisión de Nómina Electrónica, estableciendo un nuevo calendario, tanto para la habilitación en el sistema interno de la Dian como para el inicio de emisión de nómina para cada uno de los grupos obligados. El nuevo calendario iniciará el 1º de octubre y terminará en el mes de diciembre del presente año.

De acuerdo con lo establecido en la nueva Resolución 000037 del 5 de mayo de 2021, la fecha de inicio de la habilitación en el servicio de nómina electrónica será el día 1 de agosto de 2021. En cuanto a la fecha límite para la generación y transmisión del documento de soporte de pago de la nómina electrónica y de las notas de ajuste se establece un calendario dividido en varios grupos.

La fecha de inicio para el Grupo 1 -empresas de más de 250 empleados- será el 1 de septiembre de este año. La del Grupo 2 -empresas de más de 100 y menos de 250 empleados- será el 1 de octubre de este año. El Grupo 3 -empresas de entre 11 y 100 empleados-  debe iniciar la generación de documentos el día 1 de noviembre. Finalmente, el Grupo 4 -empresas de hasta 10 empleados, tendrá como fecha límite de inicio el 1 de diciembre.

De acuerdo con la nueva resolución, no habrá modificaciones en las fechas establecidas para aquellos contribuyentes que no estén obligados a expedir factura electrónica, que seguirán teniendo de plazo hasta el 31 de mayo de 2022.

El objetivo de este aplazamiento es facilitar al máximo la adaptación a este nuevo sistema.

El director de la Dian Lisandro Junco Riveira destacó los beneficios que trae la nómina electrónica al ser fuente de la data de los descuentos por retenciones en la fuente a empleados, lo que combatirá la evasión por dicho concepto; permite seguir desmaterializando comprobantes fiscales para prestar mejores servicios a los contribuyentes como declaraciones sugeridas y devoluciones de impuestos, al igual que hacer eficiente el control fiscal; ser el soporte de costos y deducciones para la declaración de renta, en el futuro próximo, convertirse en un componente importante del libro de compra y ventas, otro instrumento de control que ha permitido en otros países el aumento del recaudo tributario.

 

 

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