EE. UU. amplía exención arancelaria para productos agrícolas: Colombia se beneficia parcialmente
Bogotá. El presidente de Estados Unidos emitió una orden ejecutiva que modifica el Anexo II del Sistema Arancelario Armonizado de EE. UU. (Htsus, por sus siglas en inglés), excluyendo de la denominada “tarifa recíproca” del 10% a una lista ampliada de productos, con especial énfasis en bienes agrícolas. Además, se introdujo una nueva categoría arancelaria —la partida 9903.02.78— dirigida a países considerados “socios alineados” (aligned partners), que podrían acceder a un arancel del 0% para los productos incluidos en dicha clasificación.
La medida aplica a mercancías “ingresadas para consumo” o “retiradas de depósito para consumo” a partir de las 12:01 a. m. (hora del Este) del 13 de noviembre de 2025. Todos los países, incluida Colombia, están exentos del arancel recíproco si los productos exportados están contemplados en el Anexo II, sin necesidad de un acuerdo bilateral, siempre que se cumpla con la correcta clasificación en el Htsus.
Actualmente, Colombia se beneficia únicamente de esta exención “global” del Anexo II. Para acceder a los beneficios adicionales reservados a los “socios alineados”, el país deberá negociar un acuerdo de comercio recíproco y obtener una designación oficial bajo el nuevo esquema. En América Latina, ya se han reportado avances en este sentido con Argentina, Guatemala, El Salvador y Ecuador, en el marco de negociaciones sectoriales para el alivio arancelario.
Productos colombianos favorecidos por la exención global
Un análisis cruzado entre las exportaciones colombianas de enero a septiembre de 2025 (según el Dane) y las subpartidas incluidas en el Anexo II y el anexo del Programa de Tarifas Arancelarias para Socios Alineados (Ptaap), revela que varios productos clave de la canasta exportadora nacional se benefician directamente de la exención global. Entre ellos destacan:
- Café y sus derivados
- Cacao y productos procesados
- Frutas tropicales frescas y procesadas (banano, aguacate, mango, papaya, cítricos)
- Jugos y derivados de yuca
- Combustibles y productos minero-energéticos (carbón, petróleo, metales preciosos, productos de níquel).
En contraste, otros productos relevantes como flores cortadas y follajes, aceites de palma y palmiste, ciertos productos del mar, maderas, manufacturas eléctricas y electrónicas, así como algunos muebles, están incluidos en el listado exclusivo para “socios alineados”. Estos solo podrían beneficiarse de una reducción arancelaria del 10% al 0% si Colombia logra su inclusión formal en dicho esquema.

Productos como las flores cortadas y follajes, aceites de palma y palmiste aparecen en el anexo de “socios alineados” y solo podrían bajar de 10 % a 0 % si Colombia llegara a ser formalmente designada bajo la figura de socio alineado.
Declaración de AmCham Colombia
María Claudia Lacouture, presidenta de la Cámara de Comercio Colombo Americana (AmCham Colombia), destacó el potencial de esta medida: “Gran oportunidad, pero hay tarea pendiente. La exención del arancel recíproco del 10% deja libre al 13% de la canasta agro (US$1.882,3 millones). Sumando petróleo y oro, el 64% de las exportaciones de Colombia a Estados Unidos queda sin ese recargo. Falta negociar el resto”.
En resumen, la decisión del Gobierno estadounidense representa un alivio inmediato para una parte sustancial de las exportaciones agrícolas y minero-energéticas colombianas. Sin embargo, también plantea el reto de avanzar en negociaciones que permitan a Colombia acceder a los beneficios adicionales del esquema para “socios alineados”.











