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Montería, Córdoba. Desde el próximo 31 de julio toda persona que vaya a movilizar productos pesqueros o de la acuicultura deberá llevar obligatoriamente la Guía de Movilización como hoy lo exigen en el sector ganadero.

Al vencerse el plazo establecido en la Resolución No. 3135 de 2022, por medio de la cual se amplió el período pedagógico para la implementación del Salvoconducto o Guía de Movilización hasta el próximo 30 de julio de 2023, se hará la exigencia del mismo.

El permiso es obligatorio para quienes transporten desde 50 kilos y también para cualquier volumen de unidades de larvas, alevinos y peces ornamentales.

La guía o salvoconducto que es emitido en línea por la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (Aunap) se viene implementando de forma pedagógica desde el 1 de julio de 2022 con el propósito de fortalecer la administración, control, seguimiento y vigilancia sobre el transporte y movilización de los recursos y productos pesqueros y de la acuicultura.

El trámite de la guía busca obtener información relacionada con las especies y volúmenes transportados dentro de Colombia, determinar la trazabilidad de los productos y revisar que se estén cumpliendo las obligaciones establecidas en el permiso otorgado a los permisionarios, además permitirá a la entidad tomar decisiones orientadas al manejo integral y productivo de la pesca y acuicultura nacional.

Sobre la Guía de movilización

  • Solo la podrán obtener personas naturales o jurídicas que cuenten con un permiso activo para el ejercicio de la actividad de pesca y/o acuicultura
  • Es personal e intransferible, no cobija el transporte de recursos o productos pesqueros y de la acuicultura pertenecientes a terceros.
  • Será válido solo por días y para una única movilización o transporte en todo el territorio nacional, de un sitio a otro.
  • Ampara únicamente los recursos y productos pesqueros y de la acuicultura autorizados por la Aunap incluidos en su permiso de otorgamiento (Al igual que prórrogas e inclusiones); no cubre la movilización de recursos pesqueros prohibidos, ni en veda, ni por debajo de las tallas mínimas.
  • La obligación de obtener el Salvoconducto o Guía de Movilización les corresponde a los titulares de los permisos: productores, acopiadores, comerciantes, procesadores.
  • El permiso también es obligatorio para cualquier volumen de unidades de larvas, alevinos y peces ornamentales.

El control se realizará con el apoyo de las autoridades competentes.

El objetivo es que en el corto plazo esta guía de movilización esté asociado al Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), aunque todavía no hay normatividad al respecto.


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