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Caracas, Venezuela. Es un hecho, Colombia y Venezuela ya tienen un acuerdo para la promoción y protección recíproca de inversiones. Este fue firmado por el presidente venezolano, Nicolás Maduro, y el ministro de Comercio, Industria y Turismo, Germán Umaña Mendoza.

Ahora, en Colombia el documento pasará a revisión del Congreso de la República y la Corte Constitucional.

“Estamos reconstruyendo esta relación desde la institucionalidad y este Acuerdo es uno de los aspectos que contribuye con ese objetivo. Con este buscamos establecer, mantener y consolidar un marco jurídico que facilite y promueva las inversiones directas transfronterizas”, dijeron los funcionarios.

Este tratado busca atraer inversiones para impulsar la industria complementaria de bienes y servicios, promoviendo el desarrollo sostenible, la diversificación productiva, la formación de cadenas de valor y la creación de empleo calificado. Lo anterior, respetando los estándares laborales y las normas medioambientales.

Igualmente, establece un trato igual entre nacionales venezolanos y colombianos, bajo la protección del estándar de trato nacional, lo cual guarda así los equilibrios entre los potenciales inversionistas extranjeros y nacionales.

Ambos países celebran la suscripción y esperan que sea un paso importante para fomentar más inversiones bilaterales.

De acuerdo con lo expresado por el ministro Umaña Mendoza el acuerdo busca:

  • Atraer inversiones para impulsar la industria complementaria de bienes y servicios.
  • Promover el desarrollo sostenible, la diversificación productiva, la formación de cadenas de valor y la creación de empleo calificado.
  • Atraer inversiones para el desarrollo armonioso, productivo y sostenible.
  • Respeta los estándares laborales y las normas medioambientales.
  • Permitirá al inversionista hacer las transferencias respectivas que deba hacer.

Además, establece:

  • Expropiación y nacionalización por razones de interés o utilidad pública, necesidad o interés general. Posibilidad de compensación.
  • Reconoce el principio de no discriminación entre inversionistas nacionales y extranjeros. Estándar de trato nacional.
  • La posibilidad de que los inversionistas puedan activar el mecanismo de solución de controversias para resolver posibles disputas, en caso de que no se logre en un arreglo directo y amistoso.

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